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Consejo de Estado suspende decreto del salario mínimo para 2026 y da 8 días al Gobierno para expedir uno nuevo

La medida es provisional y no afecta pagos ya realizados; el salario vigente seguirá aplicándose hasta que se publique el nuevo decreto transitorio.

El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, expedido por el Gobierno Nacional, mediante el cual se fijó el salario mínimo legal para 2026 en $1.750.905. La corporación aclaró que se trata de una medida cautelar que “no implica un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad del acto”, decisión que será adoptada en la sentencia.

En la providencia, el alto tribunal ordenó al Gobierno expedir y publicar, dentro de los ocho días calendario siguientes a la notificación, un decreto transitorio que determine el porcentaje de aumento del salario mínimo para 2026 y el valor total correspondiente. Ese nuevo acto regirá hasta que se profiera una decisión de fondo dentro del proceso judicial.

Para fijar la nueva cifra, el Ejecutivo deberá aplicar de manera integral los criterios legales y constitucionales vigentes, entre ellos la meta de inflación fijada por la Junta Directiva del Banco de la República, la productividad certificada oficialmente, la inflación real del año anterior, el crecimiento del PIB y la contribución de los salarios al ingreso nacional. También deberá tener en cuenta la especial protección del trabajo, la garantía de una remuneración mínima, vital y móvil, la función social de la empresa y los objetivos constitucionales de dirección de la economía.

El Consejo de Estado enfatizó que el nuevo decreto deberá incluir una fundamentación económica “detallada y verificable”, explicando la valoración aplicada a cada criterio, su cuantificación, la ponderación realizada y el razonamiento que conduce a la cifra final, todo con respaldo en fuentes y certificaciones oficiales. Además, advirtió que no podrá reproducirse en esencia el contenido del acto suspendido y que el incumplimiento de lo ordenado acarreará las sanciones previstas en la ley.

La corporación precisó que los efectos de la suspensión solo se harán efectivos a partir de la publicación del nuevo decreto transitorio. Mientras tanto, continúa rigiendo el salario mínimo fijado en el Decreto 1469 de 2025. Asimismo, la medida no afecta obligaciones ni derechos ya causados o pagados —como nóminas, pensiones, contratos, multas o cuotas alimentarias—, al tratarse de situaciones jurídicas consolidadas que no generan reintegros ni efectos retroactivos. El proceso continuará hasta que se emita una sentencia definitiva sobre la validez del decreto demandado.

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